Boletín de Prensa 2007 / 146
20 de Septiembre de 2007
INICIATIVA
PRESENTÓ: Senador Adolfo Toledo Infanzón, PRI.
TEMA: Proyecto de decreto que adiciona la fracción X Bis al artículo 7º. de la Ley General de Salud y adiciona la fracción VII Bis al artículo 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, entre otras disposiciones.
PROPÓSITO: Crear el padrón de malas prácticas médicas de prestadores de servicios de salud y de profesionales, técnicos y auxiliares para la salud, que estará bajo la responsabilidad de la Comisión Nacional de Arbitraje México.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS: Tan sólo la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) recibió el año pasado 6 mil quejas por negligencia médica, ocurridas en el IMSS y el ISSSTE, que evidenciaron la falta de calidad en la prestación de los servicios de salud y que contribuyen de manera importante en la morbilidad y mortalidad de la población. La prestación de servicios de salud, de calidad, implica además de invertir recursos financieros, del compromiso de sus médicos y enfermeras para brindar una atención más responsable, eficiente y cálida para evitar no solo las quejas de los usuarios, sino restablecer la confianza e incrementar los niveles de salud del país. Cuando se da una práctica indebida en la prestación de los servicios médicos y se provoca un daño a los pacientes, los afectados recurren a instancias como la CNDH.
Sin embargo, los resultados que arrojan las quejas o inconformidades que interponen los usuarios de los servicios médicos, no han tenido un impacto multiplicador, que se traduzca en un proceso de perfeccionamiento y de mejora continua del Sistema Nacional de Salud. Esto porque la información sobre los responsables de una mala práctica profesional, no es transmitida y difundida adecuadamente para evitar que otros pacientes utilicen los servicios de quienes, ha sido demostrado, han provocado daño a sus pacientes.
TRÁMITE: Se turnó a las comisiones unidas de Gobernación y de Estudios Legislativos.
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